Attendance
Consentimiento biométrico
Sin la autorización del acudiente no se puede enrolar a un menor — es una validación del sistema, no un simple checkbox. Aquí ves cómo se otorga, se revoca y se suprime.
El reconocimiento facial trata datos biométricos, que en menores de edad son datos sensibles bajo la Ley 1581 de 2012. Por eso, antes de enrolar la cara de cualquier estudiante, debe existir el consentimiento informado de su representante legal (el Acudiente).
Las dos formas de otorgarlo
Sección titulada «Las dos formas de otorgarlo»| Vía | Quién lo hace | Cómo |
|---|---|---|
| Portal del acudiente | El acudiente, desde su cuenta | Lee el texto de autorización y lo acepta explícitamente (guía del acudiente). Queda registrado con fecha, hora y la versión del texto que aceptó. |
| En papel | El colegio, por el acudiente | Si el colegio recoge el consentimiento firmado en papel, un administrador lo registra en el panel, indicando quién firmó y adjuntando el soporte. |
En ambos casos se guarda un registro inalterable del evento (quién, cuándo, qué texto), que nunca se borra ni se edita — solo se le agregan eventos nuevos. Es la evidencia que exige la ley.
Revocar el consentimiento
Sección titulada «Revocar el consentimiento»El acudiente puede revocar en cualquier momento (desde su portal) y el colegio también puede hacerlo a su nombre. Cuando se revoca:
- El estudiante deja de ser “enrolable” de inmediato.
- Si ya tenía una plantilla facial guardada, el sistema ordena su supresión en el dispositivo del colegio.
- El dispositivo borra la plantilla y confirma el borrado de vuelta, dejando un registro auditable en ambos lados.
A partir de ahí, el estudiante sigue marcando asistencia con su código QR como cualquiera.
Egreso del estudiante
Sección titulada «Egreso del estudiante»Cuando un estudiante egresa (su Suscripción termina y no se renueva), su plantilla facial se marca para supresión automáticamente, sin que nadie tenga que acordarse de hacerlo. Si por alguna razón el dispositivo no confirma el borrado en un plazo razonable, el panel escala una alerta a los administradores para que lo revisen.
Quién responde por los datos
Sección titulada «Quién responde por los datos»La ley distingue dos papeles, y en Inspow quedan separados así:
- Responsable del tratamiento: el colegio. Es quien decide usar el reconocimiento facial y quien tiene la relación con las familias.
- Encargado del tratamiento: Inspow. Provee la tecnología y la opera por instrucción del colegio.
Esta separación se refleja en cómo están organizados los datos por Organización y en el texto del consentimiento.